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Los menores de 14 años podrán salir una hora sin alejarse más de un kilómetro de sus casas
25 de Abril de 2020Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Esta orden tiene por objeto establecer las condiciones en las que los niños y niñas podrán realizar desplazamientos fuera del domicilio durante la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas. Estas salidas son voluntarias.
El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas considera que, en la situación de emergencia sanitaria, se debería permitir a los menores poder disfrutar diariamente de actividades fuera de casa de manera supervisada y manteniendo las garantías de higiene y distanciamiento social.
- Los menores de 14 años acompañados de un adulto, podrán dar un paseo una vez al día, de una hora en un radio "máximo" de 1 kilómetro desde su domicilio
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¿Con quién debe salir la población infantil? |
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¿Cuáles son las medidas de prevención necesarias para el control de la epidemia? |
Medidas educativas a tener en cuenta |
- GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS EN LAS SALIDAS DE LA POBLACIÓN INFANTIL DURANTE EL ESTADO DE ALARMA
- Orden SND/370/2020, de 25 de abril
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